SUNAFIL estandarizó medidas en seguridad y salud industrial en cumplimiento de la normativa actual a favor del trabajador.
Este documento contiene una lista de materias susceptibles de ser fiscalizadas para aumentar la eficiencia en las inspecciones de seguridad industrial. El cual funcionará como un nuevo instrumento dinámico que asegure el cumplimiento de las normas de seguridad y salud industrial.
El nuevo protocolo ha sido aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 064-2016 SUNAFIL el 20 de mayo del presente. El cual comprende 120 ítems referidos a la gestión interna; estándares de seguridad e higiene ocupacional; condiciones de seguridad en los lugares de trabajo, instalaciones civiles, maquinarias y de trabajo.
De acuerdo con la norma, la actuación de estas inspecciones en seguridad se extiende a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, aun cuando el empleador sea del sector público o de empresas pertenecientes al ámbito de la actividad empresarial del Estado, siempre y cuando estén sujetos al régimen laboral de la actividad privada.
El nuevo protocolo faculta al inspector para que previo a la visita inspectiva pueda indagar respecto del tipo de actividad industrial desarrollada, teniendo como referencia la data anotada en la ficha RUC. Incluso, de no existir información propia de la empresa, podrá navegar en internet buscando otras de similares características para tener un conocimiento general sobre los riesgos asociados a todo el proceso productivo.
Estas consultas on line previas, permitirá identificar: materias primas utilizadas, insumos químicos y materiales peligrosos y la forma de su almacenamiento; las máquinas y equipos que se utilizan; y los estándares de trabajo, equipos de protección personal necesarios para el desarrollo de la visita, y otros.
De advertirse una infracción, el inspector deberá emitir un informe de las actuaciones inspectivas de investigación o un acta de infracción, según corresponda con las directivas de SUNAFIL.
El resultado de este protocolo ha sido calificado como positivo, ya que se uniformiza criterios a nivel nacional. Esto otorga predictibilidad a la inspección.
Proporciona, además, claridad y transparencia con el detalle las materias fiscalizables, así como las normas aplicables en ese rubro. Por ende, se considera que el protocolo hará que las inspecciones en seguridad y salud en el trabajo sean más operativas. Cabe mencionar que aún hace falta que los inspectores se capaciten, y puedan actuar de acuerdo a principios y lógica de las normas sobre SST, y así evitar que apliquen diferentes estándares de seguridad en las empresas.
A este protocolo se suma la aprobación de la Directiva Nº 002-2016-SUNAFIL/INII del 27/04/16, denominada “Directiva para el ejercicio de la función inspectiva en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo”, por Resolución de Superintendencia Nº058-2016 SUNAFIL. La cual tiene un alcance aplicable a todos los funcionarios y servidores de los órganos y dependencias del Sistema de Inspección del Trabajo, quienes son responsables de su complimiento.
La presente Directiva es un instrumento dinámico que establece pautas de fiscalización en materia de SST aplicables a todos los sectores económicos y de servicios, comprende a todos los empleadores y los trabajadores.
Referencia: Diario El Peruano, SUNAFIL.