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FISCALIZACIÓN A LA GESTIÓN DE RESIDUOS MUNICIPAL PROVINCIAL

Nuevos avances en la gestión municipal provincial y la fiscalización en materia de residuos en Perú

La Ley Orgánica de Municipalidades establece que las Municipalidades Provinciales se encuentran a cargo de regular y controlar el proceso de disposición final de desechos sólidos, líquidos y vertimientos industriales en el ámbito provincial, ejerciendo sus funciones de acuerdo a la Ley General de Residuos Sólidos y demás normativa relacionada.

En los últimos años ha habido numerosos casos de denuncias por parte del OEFA ante la Contraloría General y el Ministerio Público, por citar algunos ejemplos:

  • La Municipalidad Provincial de Huancayo y la comuna distrital de El Tambo fueron denunciadas por arrojar inadecuadamente residuos sólidos en los botaderos 'El Edén' y 'Agua de las Vírgenes', a orillas del río Mantaro (Fuente: El Comercio).
  • Los distritos de Comas y San Martín de Porres fueron denunciados por la inadecuada gestión de residuos. En este caso las denuncias también alcanzaron penalmente a los burgomaestres, por la presunta comisión de los delitos de contaminación ambiental y por grave incumplimiento de obligaciones. (Fuente: Perú 21)

Recientemente, en enero de 2016, OEFA exhortó a la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo y a la Municipalidades Distritales de Campo Verde, Yarinacocha, Caballería y Manantay a elaborar un plan de cierre del botadero municipal e implementar un relleno sanitario, como condición a no imponer denuncias ante el Ministerio Público o la Contraloría General (Fuente: RPP Noticias).

En este contexto OEFA presentó en febrero de 2016 la publicación Fiscalización ambiental en residuos sólidos de gestión municipal provincial. Informe 2014 – 2015: índice de cumplimiento de los municipios provinciales a nivel nacional, que refleja mediante los resultados mostrados que actualmente no existe una adecuada gestión y manejo de los residuos sólidos municipales en el Perú, pues no se cumplen con las exigencias legales mínimas en la mayoría de los municipios para evitar una afectación ambiente y la salud de las personas.

A raíz de dicha publicación, se determinó necesaria la toma de medidas para garantizar que las Municipalidades Provinciales contasen con las herramientas necesarias para llevar un adecuado control de los actores involucrados dentro de su ámbito de competencia. Mediante la Resolución  Nº 016-2016-0EFA/CD se generó dicha herramienta de control que define la supervisión sobre Operadores de Transporte de Residuos, Rellenos Sanitarios y Municipalidades Distritales, la cual se ve complementada con la tipificación de infracciones y escala de sanciones contemplados en el Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos.

El reglamento contempla como infracción grave el abandono, disposición o eliminación de los residuos en lugares no permitidos, con multas desde 21 hasta 100 UIT; y como infracción muy grave el operar infraestructuras de residuos sin la observancia de las normas técnicas, con multas desde 51 a 100 UIT hasta el tope de 600 UIT, todo ello sin perjuicio de la correspondiente responsabilidad civil y penal si hubiera lugar. Dichas multas podrían recaer sobre EPS-RS, EC-RS y Municipalidades Distritales, por lo que convendría que las mismas llevasen a cabo un análisis del cumplimiento legal y normas técnicas que les son de aplicación.

Se manifiesta por tanto, el avance que se está impulsando para un adecuado manejo de residuos, considerando la importancia que este tiene para disfrutar de un ambiente saludable y la salud de las personas.

Ing. Mariano Couto Corral

Director Tecnico SUSTANT PERÚ

En SUSTANT ofrecemos a operadores y transportistas de residuos, EPSs, ECs y Municipalidades nuestros servicios de Auditoría, Asesoría, e Ingeniería en Gestión de Residuos evitando sanciones e impactos ambientales.

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